Dilema: Inteligencia artificial versus derechos de autor

Imagine la escena: usted, analista de marketing de una empresa, decide aprovechar los avances tecnológicos recientes para crear un nuevo logotipo e identidad visual para su organización. Para ello, recurre a... Microsoft Copilot (Tecnología de IA generativa), y tras varios intentos, estás satisfecho con el arte generado. Bien... ¿y ahora qué? ¿Cómo registras y te aseguras de que el arte generado por máquina es exclusivamente tuyo y no puede ser generado ni reproducido por ningún competidor? Aquí está la pregunta clave: ¿Cuál es la viabilidad legal de aplicar los derechos de autor a los materiales producidos por IA??Un verdadero Dilema: Inteligencia Artificial versus Copyright.

Otro ejemplo reciente del revuelo fue el intento emblemático del investigador Stephen Thaler de registrar una obra de arte (Una entrada reciente al paraíso) producido con ayuda de IA. La solicitud fue denegada por la agencia responsable de los derechos de autor. EE.UU, lo que derivó en una demanda del investigador y una nueva derrota, en la que el juez garantizó que La legislación actual sólo “protege las obras de creación humana”.

Una entrada reciente al paraíso" por Stephen Thaler + IA

La cuestión también se planteó en la reciente huelga de guionistas de Hollywood que se ven amenazada por el creciente uso de IA En el desarrollo de textos. Según esta interpretación, los estudios, por lo tanto, no podrían reemplazar a los guionistas con Inteligencia Artificial.

Un ejemplo aún más palpable del problema implica universidades y escuelas En todo el mundo: las monografías y trabajos escolares desarrollados por IA siguen planteando Cuestiones éticas y funcionales sobre el aprendizaje y la calidad de la enseñanza.

Reconocimiento de autoría

EL pregunta fundamental En esta discusión sobre los derechos de autor se encuentra reconocer o no la autoría de una obra, ya sea literaria, artística o científica, desarrollada por una máquina.

Y el problema es que, dada la reciente innovación, Todavía no hay unanimidad jurídica sobre este punto, entre los expertos, y especialmente entre las naciones. Por ejemplo, en Inglaterra, Las obras producidas por robots ya están protegidas por derechos de autor – la ley que atribuye la autoría “a la persona que realiza los arreglos necesarios para la creación de la obra”, y no a las máquinas.

A nosotros EE.UU, La legislación todavía sólo protege las obras de creación humana. Pero la Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos (Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos) comienza a reconocer la posibilidad de registrar obras creadas por IA con “suficiente intervención humana”.

¿Qué pasa con Brasil?

Analizando puramente desde un punto de vista legislativo, La legislación brasileña aún no cuenta con un marco regulatorio que permita la concesión de la autoría de una obra a la IA. De acuerdo a Ley N° 9.610/1988, está garantizado que protección de los derechos de autor para obras intelectuales “que tienen su origen en las creaciones del espíritu” – En otras palabras, no se reconoce la inteligencia artificial que naturalmente carece de espíritu.

Sin embargo, cabe señalar que la legislación vigente data de 1988, una época en la que apenas se mencionaban las computadoras, y mucho menos la Inteligencia Artificial. El contexto actual es diferente, y Los debates sobre el tema se han intensificadoLos expertos y juristas creen que es Es cuestión de tiempo para una actualización regulatoria sobre el tema.

¿Autoría compartida?

Una salida interesante que ha ido ganando terreno en los debates sobre derechos de autor sería atribuir una especie de autoría compartida entre: el creador de la inteligencia artificial (empresa responsable), el que lo opera (usuario) y el Quién ingresa la información necesaria para generar contenido (programador).

EstosLa solución se considera momentánea o transitoria., hasta que los países lleguen a un consenso general sobre el tema, visto desde una perspectiva global.

Brasil – Legislación

En Brasil, una Factura Presentado por el diputado Aureo Ribeiro (PL1473/23) pretende obligar a las empresas que operan sistemas de IA Proporcionar herramientas que permitan a los autores restringir el uso de sus materiales. por algoritmos.

Esta solución fue criticada en parte precisamente por limitar los avances e innovaciones de la IA y principalmente, tener una viabilidad técnica muy limitadaDespués de todo, no explica cómo se establecerían tales controles, dada la naturaleza opaca y no transparente de estas herramientas.

Se espera que nuevos proyectos y debates sobre el tema se intensifiquen a medida que la tecnología avance y casos específicos se lleven ante la justicia. ¡Es solo cuestión de tiempo!

Responsabilidad

Otro factor ampliamente discutido en relación con los derechos de autor es el Responsabilidad por el contenido generado por IAPor ejemplo: contenido textual tendencioso o con información falsa y tendenciosa; y/o producción gráfica de imágenes delictivas, dañinas y difamatorias; también: contenido musical copiado/plagiado. ¿A quién debemos acudir en estos casos?

¿Quién generó el contenido (el usuario)? ¿O quién lo diseñó y facilitó su creación (programadores y empresas)?

EL La rendición de cuentas compartida es nuevamente una salida más rápida y apropiada.Lo que no se puede permitir es que las grandes empresas tecnológicas se “laven las manos” del contenido generado por sus plataformas; por el contrario, especialmente tener los conocimientos y las herramientas técnicas para promover mecanismos de seguridad y control, y por esa misma razón es necesario que rindan cuentas.

No se detiene ahí

¡El hecho es que todo este debate sobre los derechos de autor y la IA sigue con un retraso colosal! Esto se debe a... La tecnología y sus avances salen adelanteY el tiempo para la consolidación, la regularización, la legislación y la aplicación de la ley es infinitamente más largo. Es como en una carrera, donde la IA viaja en cohete, mientras las leyes la siguen en un pequeño barco sin motor.

Y como el progreso nunca se detiene, es muy posible que todas las probabilidades aquí presentadas queden obsoletas mañana, la próxima semana o el próximo año…

Obsérvese, por ejemplo, que en Arabia Saudita, Un robot recibió el título de ciudadanoDesarrollado por Hanston Robotics, el robot Sofía tiene un sistema de Inteligencia Artificial capaz de aprender a expresar emociones como los humanos.

Robot “Sophia” desarrollado por Robótica Hanston

Y si legalmente se le considera ciudadana, legalmente es posible que ella... Puede ser reconocido como autor de las obras que genera., y más que eso, ser considerado legalmente responsable¡Sí, un robot! De hecho, aún queda mucho por debatir y analizar sobre este tema.

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